SIC recomienda permitir exportación de flor seca de cannabis medicinal con fin comercial (COLOMBIA)

Publicado por W Radio, enlace original: 

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), de Colombia, ha hecho un pedido al Ministerio de Salud para permitir la exportación e importación de cannabis en estado crudo; en estos momentos, ello solo es posible con fines científicos. Para poder comerciar internacionalmente cannabis hace falta procesarla, ya sea, tanto para su uso en la industria farmacéutica o como producto terminado.

La W reveló en primicia un concepto de la Superintendencia de Industria y Comercio de 15 páginas, en el que el superintendente delegado para la Protección a la Competencia, Juan Pablo Herrera Saavedra, profiere un concepto dirigido al viceministro de salud, Luis Alexander Mocoso, haciendo recomendaciones desde la óptica de libre Competencia y frente al Decreto 613 de 2017.

Ese Decreto actualmente permite la exportación de flor seca de cannabis medicinal solamente con fines científicos, y lo que ha solicitado reiteradamente la industria del cannabis medicinal es que se permita hacer la exportación con fines comerciales.

Pues bien, lo que dice la Superintendencia es que sugiere modificar ese régimen de exportación de tal manera que sea posible exportar e importar los mismos productos, derivados y componentes vegetales de cannabis sin restricción alguna a efectos de favorecer la competencia por y en el mercado. Así sugiere eliminar esa limitación hasta tanto no se cuente con la evidencia que justifique que esta intervención resulta benéfica respecto al costo social y económico que puede tener en los mercados y en las dinámicas de comercio del país.La razón: garantizar el buen funcionamiento de los mercados desde la perspectiva de libre competencia económica.

“Para esta Superintendencia resulta de suma importancia que una regulación de importante envergadura como la que en esta oportunidad se analiza, brinde señales claras a los agentes participantes del mercado con el fin de llevar a cabo la evaluación del impacto competitivo, e identificar aquellos aspectos que puedan impedir la libre competencia de manera que se emitan recomendaciones claras tendientes a proteger la competencia en los mercados”, resalta el concepto de la SIC.

Así las cosas, veremos si el Ministerio de Salud acoge estas recomendaciones, que ya no son solo del sector privado sino de una autoridad con tanto peso en materia de libre competencia y funcionamiento de los mercados.

Presentación previa del documento adjunto:

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